¿Cuántos tipos de prestaciones adicionales de supervisión de obra conoce?


OPINIÓN Nº 044-2018/DTN

ANALISIS 

1. Contexto y Marco Normativo

  • Marco Normativo: El análisis se enmarca en las modificaciones introducidas por el Decreto Legislativo N° 1341 y el Decreto Supremo N° 056-2017-EF, que modifican la Ley N° 30225. Este contexto es esencial para entender las consultas y las respuestas brindadas en el documento, que se ajustan a la normativa de contrataciones del Estado vigente desde abril de 2017.

2. Consultas y Respuestas Claves

  • Adicionales de Supervisión de Obras: La consulta principal se refiere a si todas las variaciones en el plazo o ritmo de trabajo de una obra deben necesariamente generar prestaciones adicionales de supervisión. La respuesta aclara que no en todos los casos se generan estas prestaciones adicionales; solo se justifican si la variación implica un incremento en las actividades del supervisor.
  • Ampliaciones de Plazo: Se establece que las ampliaciones de plazo en los contratos de supervisión no deben tratarse como prestaciones adicionales, a menos que las variaciones en el ritmo o plazo de la obra lo justifiquen. Además, no se aplica el límite del 15% del monto contratado para estas ampliaciones, ni la obligación de contar con la autorización de la Contraloría General de la República​.

3. Conclusiones del Análisis

  • Normativa Aplicable: Se concluye que las variaciones en el plazo o ritmo de trabajo de la obra no siempre justifican la ejecución de prestaciones adicionales de supervisión. Si estas variaciones no implican cambios en las actividades acordadas inicialmente, solo se debería aprobar una ampliación de plazo del contrato de supervisión, sin que ello implique prestaciones adicionales ni la necesidad de aprobación por la Contraloría.

4. Recomendaciones

  • Evaluación Caso por Caso: Es crucial evaluar cada situación individualmente para determinar si las variaciones en la obra justifican prestaciones adicionales. Esto evitará la aplicación innecesaria de ampliaciones o adicionales que puedan inflar los costos de supervisión sin necesidad técnica.

5. Implicaciones para Futuros Contratos

  • Gestión de Contratos: Las entidades deben gestionar cuidadosamente las modificaciones en los contratos de supervisión, asegurando que solo se aprueben aquellas ampliaciones o adicionales que sean técnicamente justificables y necesarias para el cumplimiento del contrato.

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